viernes, 24 de julio de 2015

El Ministerio de Desarrollo Territorial confeccionó un listado de beneficiarios por condonación de deudas de Ley Ovina

Las autoridades de la Coordinación Provincial de la Ley Ovina en Chubut convocan a los productores afectados por ceniza y sequía a informarse sobre el alcance de este beneficio y para la entrega del Formulario de Solicitud de Condonación. Se estableció como primera fecha límite para la recepción de formularios el viernes 31 de julio.

El Ministerio de Desarrollo Territorial y Sectores Productivos del Chubut, como autoridad de aplicación de la Ley Ovina en la provincia, elaboró un listado de productores a los cuales alcanzaría el beneficio de la condonación de deudas contraídas hasta el 4 de junio del 2011 y que fueron afectados por la sequía y la ceniza.
Es por ello que la Coordinación Provincial de la Ley Ovina en Chubut, dependiente de la Subsecretaría de Ganadería y Agricultura, está convocando a pequeños y medianos productores que al momento de la solicitud del crédito contaban con hasta 5.000 cabezas ovinas.
El objetivo de la convocatoria es informar sobre el alcance de este beneficio y la entrega del Formulario de Solicitud de Condonación.
El coordinador provincial, Tomás Gornatti, detalló que “el pasado 13 de julio, a través del subsecretario de Ganadería de la Nación, Jorge Dillon, coordinador nacional, y Marcelo Acebal, coordinador ejecutivo de la Ley Ovina N° 25.422, se ha informado sobre la Resolución N° 422 (del Ministerio de Agricultura, Ganadería y Pesca -MAGyP-) de fecha 6 de julio de 2015, en donde se establecen las pautas y procedimientos para la verificación de las condiciones productivas”, así como del Formulario de Solicitud de Condonación para la aplicación de la Ley N° 26.698, la cual establece que “se condonará el capital y los intereses de aquellos créditos otorgados a pequeños y medianos productores ovinos que fueran afectados por la sequía y la precipitación de ceniza volcánica”.
Según el decreto provincial N° 636/11, el Expediente N° 4.888-MIAyG 2011 y decreto provincial Nº 1.360 de fecha 29 de agosto de 2011, se declaró el Estado de Emergencia y/o Desastre Agropecuario en los Departamentos Gastre, Telsen, Mártires, Cushamen (Limite Oeste meridiano 70), Languiñeo (limite Oeste meridiano 70 y Sur Ruta N° 25), Paso de Indios (Limite Sur Ruta N° 25), Gaiman (limite Oeste meridiano 66 y Sur Ruta N° 25).
Teniendo en cuenta la Resolución 422 del MAGyP, la cual informa que serán pasibles de condonación los créditos comprendidos en la zona mencionada, y que fueran solicitados con anterioridad al 4 de junio de 2011, por pequeños y medianos productores que al momento de la solicitud del crédito contaban con hasta 5.000 cabezas ovinas, “la Coordinación Provincial de la Ley Ovina en Chubut elaboró el listado de productores al cual alcanzaría este beneficio”, concluyó Gornatti.
Es por ello que los productores que cumplan con las condiciones arriba descriptas deberán presentarse en la Coordinación Provincial de la Ley Ovina en Chubut, ubicada en Alejandro Maíz 259 de Rawson, comunicarse telefónicamente al (0280) 4481420, o vía correo electrónico a leyovinachubut@gmail.com, como también en oficinas de CORFO, Ministerio Desarrollo Territorial y Sectores Productivos y Sociedades Rurales, a fin de informarse sobre el alcance de este beneficio y para la entrega del Formulario de Solicitud de Condonación.
Asimismo se informa que se establece como primera fecha límite para la recepción de formularios el día viernes 31 de julio.

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